El ministro de Justicia, Néstor Osuna, aseguró que la iniciativa busca reglas estrictas para el alquiler de vientres, que impidan que esto siga siendo un negocio frívolo y hasta infame.

La falta de claridad en las reglas para el alquiler de vientres en Colombia llevó al auge de ofertas como estas que circulan abiertamente en internet:

Buenos días, busco vientre en Bogotá, por inbox plis”. “Busco mujeres interesadas en ser madres subrogadas de Medellín, Bogotá y Bucaramanga con cédula colombiana, mínimo haber tenido un hijo, máximo una cesárea, buena compensación económica”. “Soy venezolana, pero vivo en Colombia (…) favor contactarme solo personas serias que quieran lograr su sueño de ser padres me han hecho perder el tiempo varias veces.

“El propósito es acabar con ese mercado negro y establecer una regulación detallada al establecer que está permitido, pero que no es negocio”, señaló el jefe de la cartera de Justicia.

Según el ministro, el proyecto de ley está dirigido a parejas o personas que no pueden tener un hijo de manera biológica natural y rechazan también la opción de la adopción. “Es decir, se trata de una persona sola, de una pareja conformada por personas del mismo sexo o si se trata de una pareja conformada por personas de distinto sexo que tenga imposibilidad para engendrar de manera natural”, indicó.

En el mundo, estrellas del fútbol, del cine y la música han hecho pública la utilización de vientres subrogados para concebir a sus hijos. “La simple decisión de evitar el embarazo que se podría tener porque se considera molesto, o por razones estéticas, no va a valer esto. Es una cosa que le vamos a poner seriedad, no vamos a jugar a una gestación subrogada por motivos frívolos”, aseguró.

Según el articulado, el alquiler de vientres en Colombia se denominará en adelante “subrogación uterina para la gestación” y quedará regulado a través de un contrato que tendría que ser formalizado por las partes ante el ICBF. Solo podrían ofrecer su vientre las personas entre los 25 y 34 años de edad, que tengan al menos un hijo biológico y no podrán gestar más de dos veces bajo esta modalidad.

“Antes del contrato, el Bienestar Familiar tendrá que ofrecerle a la mujer que quiere acceder a la gestación subrogada una información suficiente sobre todo lo que previsiblemente va a ocurrir, sus obligaciones, sus derechos, lo que derivaría del contrato. Después de celebrado el contrato, pero antes de la implantación del embrión, también el Bienestar Familiar revisaría las cláusulas de ese contrato para revisar, por ejemplo, que no hay ánimo de lucro, que sea entre personas hábiles para celebrar el contrato y si considera que hay alguna cláusula ilegal para declarar la nulidad, pero siempre antes de la implantación del embrión”, dijo Osuna.

En el mundo, estrellas del fútbol, del cine y la música han hecho pública la utilización de vientres subrogados para concebir a sus hijos. “La simple decisión de evitar el embarazo que se podría tener porque se considera molesto, o por razones estéticas, no va a valer esto. Es una cosa que le vamos a poner seriedad, no vamos a jugar a una gestación subrogada por motivos frívolos”, aseguró.

Según el articulado, el alquiler de vientres en Colombia se denominará en adelante “subrogación uterina para la gestación” y quedará regulado a través de un contrato que tendría que ser formalizado por las partes ante el ICBF. Solo podrían ofrecer su vientre las personas entre los 25 y 34 años de edad, que tengan al menos un hijo biológico y no podrán gestar más de dos veces bajo esta modalidad.

“Antes del contrato, el Bienestar Familiar tendrá que ofrecerle a la mujer que quiere acceder a la gestación subrogada una información suficiente sobre todo lo que previsiblemente va a ocurrir, sus obligaciones, sus derechos, lo que derivaría del contrato. Después de celebrado el contrato, pero antes de la implantación del embrión, también el Bienestar Familiar revisaría las cláusulas de ese contrato para revisar, por ejemplo, que no hay ánimo de lucro, que sea entre personas hábiles para celebrar el contrato y si considera que hay alguna cláusula ilegal para declarar la nulidad, pero siempre antes de la implantación del embrión”, dijo Osuna.

Controversias al proyecto de alquiler de vientres
La discusión es compleja y tiene varios frentes controversiales. Uno de los más sensibles está relacionado con las altas sumas de dinero que se pagan por alquilar el vientre en Colombia, al punto que es difícil diferenciar cuándo hay detrás parejas que han agotado las vías médicas para concebir y cuándo el asunto raya con delitos tan graves como el tráfico de niños. Para el Gobierno, esto no puede convertirse en un negocio.

Controversias al proyecto de alquiler de vientres
La discusión es compleja y tiene varios frentes controversiales. Uno de los más sensibles está relacionado con las altas sumas de dinero que se pagan por alquilar el vientre en Colombia, al punto que es difícil diferenciar cuándo hay detrás parejas que han agotado las vías médicas para concebir y cuándo el asunto raya con delitos tan graves como el tráfico de niños. Para el Gobierno, esto no puede convertirse en un negocio.

“No puede ser actividad con fin de lucro, entonces debe ser una actividad altruista que genera unas compensaciones económicas de los gastos propios del embarazo, los gastos médicos del vestuario, el calzado y todo aquello que implica un embarazo. Tanto lo que gasta una persona como lo que deja de ganar con ocasión de la gestación, todo esto estaría a cargo de la parte comitente”, señaló.

El Gobierno también asegura que, para evitar recargar el sistema de salud, quienes alquilan un vientre deberán asumir los gastos del parto y posparto a través de medicina privada.

En los casos en donde exista malformación o enfermedad del feto, quien tomaría la decisión de continuar o no el embarazo sería la parte contratante del vientre y no la persona que acepta la gestación subrogada. Por otro lado, si la persona gestante decide abortar por cualquier motivo dentro de las primeras 24 semanas de embarazo, podrá hacerlo, pues es un derecho constitucional ya adquirido en Colombia.

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